Publicación en el BOE del Real Decreto Ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo

0 Marzo 2019
El Departamento Jurídico de PIMEC te informa de las novedades legislativas introducidas a través del BOE-A-2019-3481 de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo, publicado el pasado martes día 12 de marzo de 2019.
Se introducen diferentes cambios normativos de protección social, fomento de la contratación indefinida y de registro de jornada, así como diferentes propuestas legislativas. Los más importantes son los que destacamos a continuación:
1. MEDIDAS DE PROTECCIÓN SOCIAL:
1.1. Se modifica la regulación del subsidio de paro para personas mayores de 52 años, de acuerdo con los siguientes puntos:
  • Reducción de la edad de acceso al subsidio, de los 55 a los 52 años.
  • Supresión de la necesidad de tener 52 años de edad en el momento del hecho causante del subsidio.
  • Incremento de la duración máxima; a partir de ahora se percibirá hasta la edad ordinaria de jubilación.
  • Incremento de la cantidad de cotización por contingencia de jubilación.
  • Eliminación de los porcentajes aplicables al subsidio cuando la persona trabajadora desarrolle sus tareas a tiempo parcial.
1.2. Se incrementa la cuantía mínima de pensión contributiva de incapacidad permanente total para menores de 60 años.
1.3. Se crea una bonificación de 1.300 euros anuales, durante tres años, por la contratación laboral de personas paradas de larga duración.
1.4. Se prorroga la bonificación del 50% a las cuotas de la Seguridad Social de las prolongaciones de los contratos laborales fijos discontinuos durante los meses de febrero, marzo y noviembre en los sectores del turismo, comercio vinculado a este y hostelería, durante estos meses.
2. REGISTRO DE JORNADA:
  • Se crea un marco jurídico de control de la jornada laboral, consistente en la necesidad que las empresas garanticen un registro de las horas de inicio y finalización de la jornada de cada persona trabajadora.
  • La organización y documentación de este registro de jornada se tiene que llevar a cabo mediante la negociación colectiva o acuerdos de empresa con la Representación Legal de los Trabajadores, y, si no hubiera, por decisión de la empresa previa consulta de los representantes.
  • Se establece la obligación de la empresa de conservar los registros de jornada durante un plazo mínimo de cuatro años, registros que tendrán que permanecer a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes, así como de la Inspección de Trabajo.
  • Así mismo, se tipifican como infracciones en la orden social las derivadas de incumplimientos relativos al registro de jornada, que se pueden sancionar como falta grave con una multa de 206 a 6.250 euros.
  • La existencia del registro de jornada será obligatoria a partir del próximo 12 de mayo de 2019.
3.PROPUESTAS LEGISLATIVAS:
El Gobierno constituirá, antes del 30 de junio de 2019, un grupo de personas expertas que se encargará de proponer un nuevo Estatuto de los Trabajadores.
Más información:
Departamento Jurídico
Estrella Rincón i Guillem Àngeles
Teléfono: 934.964.500

Valoración de PIMEC sobre el IPC de febrero de 2019

Valoración de PIMEC sobre el IPC de febrero de 2019
Barcelona, 13 de marzo de 2019.

Teniendo en cuenta los datos relativos al índice de
precios al consumo publicados por el INE:

PIMEC valora de forma positiva la moderación de la inflación, en el actual contexto de ralentización del crecimiento económico, creación de empleo y reducción del paro, aunque sea consecuencia de la evolución de variables sobre las cuales tenemos poca incidencia, como son los precios de los carburantes y combustibles.

Los precios en febrero repuntan una décima hasta el 1,1% en España y en Cataluña, por encima de los datos registrados el mes anterior, respectivamente. En consecuencia, continuamos observando una moderación en su ritmo de crecimiento destacable.

Esta tendencia está directamente relacionada con el comportamiento de los precios de los productos energéticos, gasolinas y electricidad. Los precios de los carburantes y combustibles aumentan un 4,2% en relación al año anterior y los de la calefacción, alumbrado y distribución de agua moderan el crecimiento, hasta el 0,6%. Sin la incidencia de los productos energéticos ni los alimentos sin elaborar, la inflación subyacente continúa en unos registros más moderados, el 0,7% en España y el 0,8% en Cataluña.

Por sectores, en Cataluña, destaca el crecimiento de los precios en términos interanuales de los alimentos y bebidas no alcohólicas (1,8%), de la restauración (1,7%), de las bebidas alcohólicas y tabaco (1,4%), de las comunicaciones (1,3%) y del transporte (1,3%). Contrariamente, se reducen los precios del ocio y la cultura (-1,7%).

En relación a la Unión Monetaria, la tasa armonizada española se sitúa cuatro décimas por debajo (1,1% y 1,5%, respectivamente). Este registro, cambia la dinámica observada a mediados del año anterior, lo que comporta una incidencia positiva en la competitividad respecto a los países europeos.